El certificado de circulación EUR1 es un documento otorgado por la UE que acredita el origen preferencial de las mercancías ante las autoridades aduaneras del país importador. Este documento justifica la aplicación del régimen arancelario preferencial, es decir, permite al importador beneficiarse de la reducción en los derechos de aduana sobre la mercancía importada.
¿Qué países pueden beneficiarse del EUR1?
El EUR1 es otorgado a aquellos países con los cuales la UE mantiene un Acuerdo Preferencial: Marruecos, Argelia, Túnez, Egipto, Jordania, Siria, Líbano, Israel, Serbia, Bosnia, Macedonia y Croacia; Países ACP (África, Caribe y Pacífico); países EFTA (Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein); Países y Territorios de Ultramar y otros países con los que la UE tiene suscritos Acuerdos Preferenciales.
¿En qué momento debe ser expedido el EUR1?
El EUR1 debe ser expedido en el momento de la exportación, puesto que, en términos generales, no puede tener una fecha posterior al embarque porque el importador perdería los beneficios fiscales. De modo excepcional, se puede expedir “a posteriori” si no se hubiera expedido en el momento de la exportación debido a un error u omisión involuntaria o por circunstancias especiales, o si se demuestra que la Secretaría expidió un certificado de circulación EUR.1 y no fue aceptado al efectuar la importación en el territorio de la Comunidad por motivos técnicos.
Hola Sara
ResponderEliminarExcelente Blog e informacion de Comercio Internacional, te mando saludos desde Tijuana, Baja California, Mexico.
Hola Marco,
EliminarAgradezco mucho tu comentario. Si necesitas información adicional/recursos sobre comercio internacional, no dudes en comentármelo a través del blog.
Un cordial saludo,
Sara